NORMAS DE CONVIVENCIA DEL PUEBLO PEMON



NORMA DE CONVIVENCIA

Capitanía General de las Comunidades Indígenas del Pueblo Pemón, Sector 6 del Municipio Gran Sabana del Estado Bolívar

De conformidad lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Orgánica de Los pueblos y Comunidades indígenas, que establece el derecho a decidir y asumir de modo autónomo el control de sus propias instituciones y formas de vida, su derecho, usos y costumbres, entre otros, y, en general, de la gestión cotidiana de su vida comunitaria dentro de sus tierras para mantener y fortalecer su identidad cultural.

Considerando que muchos factores de transculturización atentan contra los usos y costumbres propios del Pueblo Indígena Pemón y resultan un elemento para introducir factores de descontrol social, cambios de comportamiento normalmente aceptados en la cultura Pemón, de perturbación de la paz social comúnmente encontrados en las Comunidades Indígenas.

Considerando que de no restablecer los usos y costumbres cotidianos que han permitido la convivencia pacífica en las Comunidades Indígenas de la Gran Sabana, se corre el riesgo de una desintegración de las mismas.

Decreta:

NORMAS DE CONVIVENCIA INDÍGENA


CAPITULO I.

DISPOSICIONES FUNDAMENTALES.


Artículo 1.Las presentes normas tienen como objetivo asumir de modo autónomo las instituciones sociales fundamentales del Pueblo Pemón que han permitido una convivencia comunitaria tradicional y contrarrestar los efectos de los daños causados por las actividades que han afectado la integridad cultural y social, para evitar y revertir las afectaciones graves e impedir que ser irreparables.

Artículo 2. El ámbito de aplicación de estas normas es dentro del Sector 6 del Municipio Gran Sabana, correspondiente a las Comunidades Indígenas del Pueblo Pemón, tanto a sus habitantes como visitantes, sean indígenas o no.

Artículo  3. La convivencia comunitaria debe tender a profundizar en la población, especialmente en los niños, niñas y adolescentes, los principios y valores siguientes:
1.- Solidaridad y Responsabilidad Social Comunitaria, para promocionarlos vínculos familiares y amistosos, basados en el apoyo mutuo, para solidificar las relaciones personales, y así emprender proyectos comunes que mejoren a la lengua Pemón, la cultura, la familia, la recreación sana, la organización social propia, entre otras.

2.- Libertad. Tenderla sentido pleno del modo autónomo e independiente, del control de las propias instituciones y formas de vida, la identidad, cultura, derecho, usos y costumbres, educación, salud, cosmovisión, protección de los conocimientos tradicionales, uso, protección y defensa de su hábitat y tierras y, en general, de la gestión cotidiana de la vida comunitaria dentro de la Gran Sabana para mantener y fortalecer la identidad cultural Pemona.

3.- Justicia y Honestidad. Las actuaciones individuales y colectivas están regidas por el derecho tradicional, además de las leyes de la República.

4.- Tolerancia y autocrítica: Que posean la apertura y disposición para rectificar y para reconocer las bondades y respetar otras culturas y formas de pensar.

5.- Lealtad: Que se desarrolle en la población el acatamiento de las órdenes de los jefes de familia, educadores, las autoridades legítimas propias, las autoridades públicas, con la plena identificación de pertenecer a un grupo comunitario, para que las actuaciones individuales estén apegados a los valores indígenas, a la palabra empeñada y a los compromisos asumidos.

6.- Responsabilidad individual. La población se debe adecuar a las circunstancias vividas para aceptarse como parte activa en su vida diaria y de asumir las consecuencias de sus actos, sin transferirlas a los demás.

7.- La amplitud de criterio  de los integrantes para interpretar lo positivo y lo negativo de los otros sistemas de vida y culturas; el respeto a las idiosincrasias y consolidar un criterio sano propio en el pensamiento y en la acción.

9.- Participativo: Acentuar las acciones de compartir la amistad, bienes, intervenir en los mayu, para beneficiar a la  comunidad;

10.- La igualdad de todos los indígenas en sus derechos individuales y colectivos, y en las oportunidades, para sobreponerse de las divisiones de terceros;

11.-La solidaridad y corresponsabilidad social,  La corresponsabilidad alude a las obligaciones compartidas.  Todos como sociedad y estado somos solidariamente responsables del destino individual y colectivo, lo cual obliga a asumir el rol participativo decisorio que nos conduzca a alcanzar metas sociales bajo formas de organización multi variadas con o sin la participación directa del Estado.

12.- Los derechos humanos y el respeto a la diversidad de costumbres, creencias y formas de vida. Se aspira construir una nueva condición de ciudadanía, basada en el reconocimiento pleno y el ejercicio garantizado de los derechos humanos consagrados en la Constitución y en la Declaración de los Derechos Humanos.

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